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Cannabis y la vía pública española: ¿Es ilegal fumar en la calle?

Foto del escritor: Álvaro Ramos GómezÁlvaro Ramos Gómez

Muchas preguntas asaltan de manera constante a los fumadores, y especialmente a los fumadores de cannabis. Aquel, que cada vez que sale de casa se asegura de llevar sus inofensivas plantas o sus derivados bien escondidos y espera que no le paren para registrarle porque sabe que una multa podría sacudir los pilares de su economía doméstica. Fumar cannabis en la calle en España es ilegal, pero eso deja espacio a muchas preguntas entre los usuarios: ¿Qué pasa si me pillan fumando en la calle?, ¿Pueden pararme e identificarme sin razón aparente?, ¿Ocurre en todas las zonas de España igual?.

¿Es ilegal fumar cannabis en la calle?
Usuarios de cannabis preparando unos porros al aire libre. Foto de Javier Díaz

En este articulo, encontraras respuesta a todas estas preguntas y algunas más relacionadas al ámbito de este mundo verde del que todos formamos parte compartiendo los mejores humos. Para empezar directamente con la información que interesa, ¿Qué pasa si te pillan portando o fumando cannabis en la vía pública? Primero, hay que decir que en España, ya sea el consumo o la tenencia de cannabis en la vía pública son infracciones administrativas,  no delitos penales (a no ser que haya indicios de tráfico de drogas), entonces, se pueden afrontar consecuencias como multas administrativas amparadas por la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Orgánica 4/2015) que iban recientemente desde los 601 euros hasta los 30.000, dependiendo principalmente de la cantidad y las circunstancias, obviamente, aparte de la sanción la policía confiscará el cannabis que lleves en ese momento y tu nombre se incluirá en el registro de infracciones administrativas, lo cual no genera antecedentes penales.


Debemos dejar un espacio reservado para el consumo en sitios privados como tu propia casa o los clubes cannábicos de los que debes ser miembro. Este tipo de consumo, siempre que no implique prácticas que lo relacionen al tráfico o la venta a terceros no está penalizado, por ello recordad que a las asociaciones siempre se va a dispensar, no a comprar nada!

Material de dispensario. Foto de growshop.info
Material de dispensario. Foto de growshop.info

Si nuestro objetivo final es evitar posibles multas a continuación reflexionamos un poco sobre algunos consejos que pueden ayudarnos en estos casos. El primero, y más básico que os puedo dar es que evites consumir en la vía pública, aunque resulte obvio, el mayor porcentaje de sanciones son por este mismo motivo empleando la despenalización en espacios privados aprovechad y consumid solo en clubes cannábicos registrados, herramientas como el mapa de Los Mejores Humos pueden ser útiles en esta búsqueda. Hay que recordar que depende de la zona del país la interpretación y el nivel de rigor que le dan las instituciones a la Ley de Seguridad Ciudadana varía, y zonas como Cataluña, el País Vasco, Andalucía o la Comunidad Valenciana son más tolerantes con los clubes y consumidores. 


Es fundamental que los usuarios conozcan las leyes locales que les afectan directamente, aún así, a continuación se encuentran algunos consejos sobre algunos cursos de acción que se pueden tomar si se da el caso de recibir una sanción. El primer consejo sonará casi tan obvio como el de no fumar en la vía pública, pero igualmente necesario, no te resistas ni discutas con la policía, mantén una actitud calmada y respetuosa evitando en la medida de lo posible que la situación escale. Repasado este primer punto lo que puedes hacer acto y seguido es pedir una copia del acta o la denuncia, revisa que esté correctamente redactado y que los datos sean precisos, si consideras que la multa esta injustificada puedes presentar un recurso buscando el asesoramiento legal debido


Cabe destacar que a finales del año pasado, 2024, la Ley Orgánica 4/2015 pasó a llamarse Ley Orgánica de Protección de las Libertades y la Seguridad Ciudadana. La nueva y reformada ley rebaja contundentemente las sanciones económicas por tenencia de cannabis y otras sustancias, ahora la multa pasa de 100 a 500 euros. Del mismo modo, ahora solo se podrá sancionar el cultivo cuando se encuentre abierto al público, además, esta infracción también pasa de ser una grave a una leve por la que se aplicaran multas que van desde los 100 a a los 500 euros.




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